Un dominicano junto a su familia presentó una acción de amparo contra varias instituciones estatales tras la deportación a Haití de su hija de nueve días de nacida, una adolescente de 16 años (madre de la menor) y la abuela materna de esta. El padre exige la restitución de la bebé en el país y el reconocimiento de su nacionalidad dominicana.
Nacimiento e impedimento de registro: La menor, Alisleidi Altagracia Miguel Jovain, nació el 24 de agosto de 2026 en el Hospital Docente Dr. Marcelino Vélez Santana. El padre, Miguel Miguel Grullón, sostiene que el centro médico rechazó incluir su nombre en la constancia de nacido vivo y emitió la documentación correspondiente a hijos de extranjeros, lo que imposibilitó legalizar la filiación paterna al momento del parto.
Retención e intervención institucional: El 1 de septiembre, la madre y la recién nacida fueron enviadas a un centro del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) en Haina. La familia paterna acudió al lugar para asumir la custodia de la bebé, pero la solicitud fue denegada. Posteriormente, la abuela materna se presentó al recinto tras una citación y quedó retenida junto a su hija y la lactante.
Proceso de expulsión: Durante la madrugada del 2 de septiembre, las tres personas fueron trasladadas a territorio haitiano. La defensa legal, encabezada por el abogado Félix Portes, señala que el procedimiento careció de una evaluación individualizada y derivó en la separación forzosa de la menor de su entorno paterno.
Acción judicial incoada: La demanda ampara sus reclamos en el principio constitucional que otorga la nacionalidad dominicana a los hijos de padre o madre dominicanos. El recurso legal va dirigido contra la Dirección General de Migración, el Servicio Nacional de Salud, el Hospital Marcelino Vélez Santana, el Conani, la Junta Central Electoral y el Estado dominicano.
Peticiones al tribunal: El recurso exige la localización y repatriación de la bebé y de su madre, la rectificación de la constancia de nacimiento con los datos del padre y la posterior inscripción formal de la menor ante la Junta Central Electoral.