Con el objetivo de consolidar la estabilidad de la economía nacional, proteger el consumo interno y asegurar el cumplimiento de los compromisos de exportación en los mercados internacionales, el Poder Ejecutivo dispuso el marco normativo que regulará la zafra azucarera 2026-2027 en la República Dominicana.
Mediante un nuevo decreto emitido por el presidente Luis Abinader, se establece que la producción nacional y los inventarios remanentes deberán priorizar en primera instancia la demanda del mercado local. Paralelamente, la normativa garantiza la cobertura de los compromisos de exportación hacia mercados preferenciales, principalmente Estados Unidos y la Unión Europea.
Entre los puntos centrales de la regulación destaca la supervisión estricta por parte del Instituto Azucarero Dominicano (Inazucar), entidad que gestionará la emisión de permisos obligatorios para cualquier embarque de azúcar, melaza o subproductos que salga del territorio nacional. Asimismo, en el escenario de que se requieran importaciones complementarias para el consumo interno, el Inazucar será el único organismo facultado para autorizar las licencias correspondientes.
El decreto también endurece los controles de transparencia operativa para los ingenios azucareros. Las empresas productoras estarán obligadas a notificar sus ventas internacionales en plazos de tres a ocho días hábiles tras formalizar contratos o desembarques, reportando mensualmente cualquier ajuste en sus proyecciones de molienda. El incumplimiento o no declaración a tiempo de eventuales déficits de producción podrá ser sancionado con reducciones en las cuotas asignadas para la siguiente zafra.
Con esta medida, el Estado dominicano reafirma su rol de control y monitoreo en un sector emblemático de la agricultura y el comercio exterior, asegurando una gestión eficiente del suministro azucarero nacional.
