El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana ha marcado un precedente histórico que sacude los cimientos de las empresas distribuidoras de electricidad en el país. La alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que eximía de responsabilidad a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste) por la trágica muerte de un niño de seis años, quien falleció electrocutado en la Base Aérea de San Isidro en febrero de 2018.
Aquel fatídico día, el menor caminaba junto a su hermano mayor para comprar una merienda cuando rozó un cable tensor pegado a la acera. La infraestructura, diseñada únicamente para dar soporte al poste de luz, se encontraba letalmente energizada.
Aunque la SCJ había respaldado la defensa de Edeeste —bajo el argumento de que el cableado físico pertenecía formalmente a la Fuerza Aérea Dominicana—, el Constitucional dictaminó que los jueces cometieron un error de fondo: no evaluaron quién tenía el control directo del peligroso flujo eléctrico que circulaba por esas líneas. El expediente ahora regresa a la Suprema para un nuevo juicio.
Una tendencia que acorrala a las distribuidoras
Este fallo no es un hecho aislado. El TC viene consolidando una estricta línea jurisprudencial que incrementa el escrutinio sobre las empresas eléctricas ante accidentes, incendios y tragedias que involucran al servicio energético:
Muerte de un pintor: El TC ratificó recientemente una condena contra Edeeste que la obliga a pagar RD$1.5 millones a los familiares de un pintor que recibió una descarga fulminante mientras trabajaba en una residencia.
Incendio en Moca: Edenorte fue sentenciada al pago de RD$2.5 millones por la destrucción total de una mueblería a causa de un alto voltaje en el tendido eléctrico.
Caso Conatra: En un litigio de gran envergadura, el tribunal dejó en firme una condena de RD$70 millones contra la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) por un incendio atribuido a una línea de transmisión que devastó propiedades del sindicato de transporte.
El nuevo estándar del TC: Para determinar la culpabilidad ya no basta con saber de quién es el poste o el alambre. Los tribunales ordinarios están obligados a investigar la intervención activa de la energía y quién ejerce la «guarda y control efectivo» del fluido eléctrico.
Debate interno: ¿Responsabilidad compartida?
Pese a que la decisión de reabrir el caso del menor fue contundente, el fallo provocó debates internos entre los magistrados, reflejados en tres votos salvados:
La magistrada Army Ferreira defendió que los cables por sí solos no matan, por lo que el peso legal recae en la empresa que inyecta el suministro.
Por su parte, el magistrado Amaury Reyes Torres recordó que el TC no debe imponer culpabilidades de antemano, labor que le tocará definir con pinzas a la jurisdicción ordinaria.
Finalmente, la magistrada María del Carmen Santana introdujo una visión clave: la posibilidad de una responsabilidad compartida, donde tanto el dueño de la infraestructura (en este caso, la base militar) como la distribuidora que vende la energía tengan la obligación concurrente de vigilar y mantener la seguridad pública.