Giro en el Código Penal: Subcomisión propone acotar la violencia de género solo a agresiones contra mujeres

Janet Báez
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Un equipo de tres legisladores recomendó modificar solo seis artículos de más de 90 propuestas analizadas. Los cambios afectan también al perjurio, la violación de propiedad y la responsabilidad de las empresas.

Santo Domingo. – En un esfuerzo por agilizar los debates en torno al nuevo Código Penal, una subcomisión bicameral presentó un informe que recomienda modificar únicamente seis artículos de las más de 90 propuestas remitidas por diversos sectores sociales. Entre los cambios más significativos destaca una redefinición del delito de violencia de género y nuevas reglas para la responsabilidad penal de las empresas.

El equipo de legisladores, integrado por el senador Pedro Catrain y los diputados Mayobanex Martínez y Rosendy Polanco, trabajó durante tres días analizando las observaciones que aún no habían recibido respuesta. Según el informe, la gran mayoría de las propuestas ya habían sido incorporadas previamente por la comisión bicameral.

El debate por la violencia de género

El cambio al artículo 127 promete encender el debate. Mientras que el proyecto vigente define la violencia de género como cualquier acción que cause daño físico, sexual o psicológico a una persona «por razón de su sexo», la nueva propuesta busca limitar esta definición exclusivamente a los casos en que la víctima sea una mujer.

Por otro lado, el artículo 124 mantiene intactas las distintas modalidades de violencia doméstica o intrafamiliar (física, económica, psicológica, verbal, entre otras) con penas que van de 2 a 5 años de prisión menor para violencia psicológica y de 5 a 10 años de prisión mayor si se ejerce violencia física.

Castigos al perjurio y la violación de propiedad

La subcomisión también puso la lupa sobre los delitos que afectan el patrimonio:

Perjurio (Artículo 207): Se proponen penas de 2 a 5 años de prisión menor y multas de 9 a 15 salarios mínimos cuando las declaraciones falsas bajo juramento causen un perjuicio estrictamente económico. Para el resto de los casos, la sanción bajaría de 15 días a 2 años de cárcel.

Violación de propiedad (Artículo 269): Quienes ingresen sin autorización a propiedades públicas o privadas, tanto urbanas como rurales, enfrentarían penas de 1 a 2 años de prisión y multas de 3 a 6 salarios mínimos del sector público.

Responsabilidad penal empresarial

A diferencia del código vigente, el nuevo proyecto busca establecer un régimen claro para las personas jurídicas (artículos 8 y 11). Las empresas podrán ser procesadas penalmente por delitos de sus representantes o subordinados si se demuestra falta de supervisión.

No obstante, el texto incluye «atenuantes» o exclusiones si la empresa cuenta con programas eficaces de cumplimiento normativo (compliance), repara el daño o coopera con las autoridades. Además, la responsabilidad se podrá extender a las empresas matrices o controlantes si toleraron la infracción o se beneficiaron de ella.

¿Quiénes enviaron las propuestas?

El grueso de las observaciones de la sociedad civil se concentró en temas sensibles como el aborto, las lesiones que causan la muerte, la difamación y el delito de ultraje.

El desglose de los sectores participantes refleja una alta participación social:

30.3% Gremios y personas físicas.

21.3% Asociaciones, federaciones y ONG.

5.6% Organizaciones de mujeres.

El resto se divide entre legisladores, médicos, abogados y colectivos de ciudadanos.

La comisión bicameral evalúa a contrarreloj este informe con la intención de presentar el documento final ante el pleno de la Cámara de Diputados de forma inmediata.

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