Santo Domingo, Rep. Dom., 10 marzo del 2021.- La primera sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que preside el magistrado Román Hiciano Berroa, aplazó para el próximo miércoles 17 de marzo el seguimiento del amparo del sector social, en contra de la firma del Pacto Eléctrico.
Los abogados actuantes, Trajano Potentini y Heriberto Rivas, informaron que el aplazamiento se fundamentó en el interés del sector social, por incorporar en calidad de interventores forzosos, a los ministros de la presidencia, Lisandro Macarrulla y Antonio Almonte, de energía y minas, conjuntamente con sus respectivos ministerios, y al senador de la provincia de Santo Domingo, Antonio Taveras.
Asimismo, el Consejo Económico y Social (CES), representado por la prestigiosa oficina de abogados de Fabiola Medina Garnes, no se opuso, ni a la intervención forzosa, ni al pedimento de aplazamiento, por entender que se trata de un derecho y una medida de instrucción, propia del proceso.
Pontetini explicó sobre la procedencia e incorporación de otros demandados en el amparo (Ministros de la presidencia y energía y minas), se sustenta en que han jugado un papel estelar en las discusiones del pacto, siendo incluso hegemónica su participación, en el proceso de discusión como pasados representantes, el primero del sector empresarial y el segundo del Partido Revolucionario Moderno, hoy día con altas responsabilidades públicas, que lo ubicaron indefectiblemente en las diligencias finales y coordinación de la ilegal e ilegítima firma, el pasado jueves 25 de febrero, en el Palacio Nacional.
El jurista también recordó que el senador por la provincia de Santo Domingo, señor Antonio Taveras, fue uno de los actores convocados por decreto del Poder Ejecutivo, para las discusiones del Pacto Eléctrico, en su condición, en aquel entonces, de representante de un sector del empresariado dominicano, teniendo una participación activa, de críticas y aportes, los cuales al día de hoy se mantienen, resultando interesante y edificante su participación, en el proceso en cuestión.
Otro elemento que justifica la inclusión del ministerio de la presidencia en el referido amparo, lo es su condición de jefe jerárquico del Consejo Económico y Social, en virtud de la ley que lo instituye y desarrolla No. 142-15, de fecha 12 de agosto del 2015, reafirmando en su artículo uno, su condición de dependencia del Poder Ejecutivo, concretamente adscrita al ministerio de la presidencia, todo ello en consonancia con el artículo 251 de la constitución, mediante el cual se dispone que: Consejo Económico y Social. La concertación social es un instrumento esencial para asegurar la participación organizada de empleadores, trabajadores y otras organizaciones de la sociedad en la construcción y fortalecimiento permanente de la paz social. Para promoverla habrá un Consejo Económico y Social, órgano consultivo del Poder Ejecutivo en materia económica, social y laboral, cuya conformación y funcionamiento serán establecidos por la ley.
Finalmente, los accionantes reiteraron que radican y llevaran este amparo hasta las últimas consecuencias, por violación a los derechos fundamentales de los usuarios del sistema eléctrico, al debido proceso de ley y administrativo, a la buena administración, a la constitución dominicana y a las leyes Nos. 107-13, 1-12. 142-15, respectivamente sobre los derechos y deberes de la administración frente a los administrados, la estrategia nacional de desarrollo y la que instituye el Consejo Económico y Social.