Tribunal Constitucional devuelve al TSE el caso sobre encuestas electorales y rechaza remisiones directas.

Janet Báez
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Santo Domingo — El Tribunal Constitucional (TC) devolvió al Tribunal Superior Electoral (TSE) el expediente que buscaba anular las restricciones impuestas por la Junta Central Electoral (JCE) a la publicación de encuestas, tras determinar que ningún tribunal ordinario o especializado puede apoderarlo mediante una declinatoria o remisión de expediente.

Mediante la sentencia TC/0852/26, la alta corte desestimó el procedimiento utilizado por el TSE, el cual se había declarado incompetente frente a un recurso contencioso incoado por la organización Justicia sin Fronteras y envió directamente el caso al #TC para un control concentrado de constitucionalidad.

El órgano garante de la Carta Magna calificó la acción del TSE como un «erróneo envío», enfatizando que la potestad de los jueces para evaluar su propia competencia no les permite modificar las atribuciones fijadas por la ley para otros órganos. En ese sentido, aclaró que una acción directa de inconstitucionalidad requiere un procedimiento formal y específico iniciado por las partes interesadas, no una conversión o «recalificación» automática promovida por otra jurisdicción.

Con esta resolución, el Constitucional dejó sin examinar el fondo de la controversia así como la solicitud de suspensión cautelar del reglamento de la#JCE, por lo que el debate sobre la legalidad y constitucionalidad de limitar las encuestas electorales fuera del periodo de precampaña continuará su curso en el Tribunal Superior Electoral.

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