SANTO DOMINGO — Ante la intensa presión social y las críticas de diversos sectores, el Senado de la República Dominicana introdujo un proyecto de ley que propone modificar 19 artículos del nuevo Código Penal. La iniciativa busca flexibilizar varios delitos que penalizaban con severidad el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa en el país.
El cambio más significativo recae sobre el polémico delito de ultraje (artículo 310). La nueva propuesta elimina la protección especial que penalizaba las ofensas contra los funcionarios del Gobierno en general y redefine el tipo penal como «ultraje jurisdiccional», limitando su aplicación exclusiva a insultos dirigidos a jueces, miembros del Ministerio Público y secretarios judiciales.
Menos cárcel por difamación y blindaje contra la corrupción
En lo relativo a la difamación (artículo 208), el proyecto contempla una reducción sustancial de las penas de prisión, bajando el castigo de un máximo de cinco años a un rango de uno a dos años de cárcel. Además, se suprime el agravante que elevaba las sanciones cuando los señalamientos se realizaban a través de medios de comunicación, redes sociales o plataformas digitales.
Como una medida clave para garantizar la transparencia, la reforma amplía las excepciones del delito de difamación o injuria. De aprobarse, no serán consideradas difamatorias las opiniones, críticas o denuncias relacionadas con el ejercicio de la función pública o actos de corrupción, siempre y cuando cuenten con el debido sustento probatorio.
Ajustes en privacidad, acoso y hostigamiento
El paquete de modificaciones abarca también otros aspectos del ámbito digital y social:
Imágenes y videos sin consentimiento (Artículo 192): Se aclara que la difusión de contenidos multimedia sin autorización solo será punible si ocurre dentro de un ámbito privado o confidencial. Asimismo, se elimina la sanción por publicar montajes o videos alterados.
De «bullying» a «hostigamiento»: El texto legal adopta el término hostigamiento, especificando que la conducta debe ser sistemática y reiterada para ser considerada delito.
Acoso y proxenetismo: Se incrementan las penas para el acoso agravado y el proxenetismo, elevándolas de dos a cinco años de prisión.
Perjurio: Las sanciones por perjurio se reducen de un máximo de diez años a un rango de dos a cinco años.
Certificados médicos falsos: Las penalizaciones por emitir diagnósticos falsificados aplicarán por igual tanto a médicos del sector público como del privado.
El presidente del Senado informó que este proyecto será analizado por una comisión bicameral. El Poder Legislativo mantendrá abierto el plazo para recibir nuevas observaciones de la ciudadanía hasta el próximo 15 de julio, buscando consensuar un texto definitivo antes de su entrada en vigencia.