El Colegio Médico Dominicano (CMD) ha llevado su lucha legal al máximo nivel. El gremio depositó este martes un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra varios artículos de la recién aprobada Ley 74-25, que compone el nuevo Código Penal. Según los galenos, la legislación vulnera derechos fundamentales y obligará a los profesionales de la salud a trabajar bajo un clima de «miedo».
El presidente del CMD, Luis Peña Núñez, aclaró que el sector no busca impunidad ni se opone a recibir sanciones penales en casos donde se demuestre dolo, mala fe, culpa grave o violación abierta de los protocolos científicos. Sin embargo, exigen que los casos de presunta mala práctica médica sean conocidos bajo la jurisdicción civil o en tribunales éticos disciplinarios.
Los 4 artículos bajo la lupa del Tribunal Constitucional
Los médicos centran su impugnación en cuatro disposiciones específicas que, según explican, atentan contra principios constitucionales básicos:
Artículo 8 (Responsabilidad de personas jurídicas): Los médicos denuncian que este texto permite condenar penalmente a un hospital o clínica privada aun cuando no se haya identificado al autor físico del hecho, o si este falleció o desapareció. Para el CMD, esto viola flagrantemente la presunción de inocencia y el principio de la personalidad de la pena.
Artículo 9 (Responsabilidad compartida): El gremio considera que extiende las imputaciones penales de forma desproporcionada, sin reglas claras ni delimitaciones de funciones.
Artículo 12 (Omisión y posición de garante): Calificado por los médicos como «demasiado abierto, ambiguo e impreciso» para determinar cuándo un profesional incurrió en abandono o negligencia punible.
Artículo 354 (Penalización al sector público): El gremio denuncia discriminación, ya que este artículo duplica la gravedad de la pena si el hecho ocurre dentro del ejercicio de la medicina en el sector público.
El peligro de la «medicina defensiva»
La directiva del CMD advirtió que la inminente entrada en vigencia del Código Penal en agosto de 2026 podría provocar un grave retroceso en la atención hospitalaria del país debido a la práctica de la medicina defensiva.
«El médico deja de decidir primero por lo clínico y lo científico, y empieza a decidir pensando primero en cómo protegerse de un juicio penal. Ningún acto médico tiene intención de cometer daño a un paciente», puntualizó Peña Núñez.
Además de los puntos recurridos por el gremio médico, el nuevo marco legal (Ley 74-25) contempla rigurosas supervisiones y tipificaciones sobre delitos novedosos en el área de la salud, tales como el daño por dopaje, la experimentación médica no autorizada, la fecundación asistida sin consentimiento y las causales del aborto, tópicos que mantuvieron encendido el debate legislativo por años.