Justicia Digital: Tribunal Constitucional ratifica obligatoriedad de canales virtuales ante riesgos de colapso físico

Janet Báez
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El TC declaró conforme a la Carta Magna el uso de plataformas digitales para los tribunales del Distrito Nacional, validando la facultad de la Suprema Corte de Justicia para garantizar el servicio judicial ante causas de fuerza mayor.

SANTO DOMINGO. – En una decisión trascendental para la modernización del sistema judicial dominicano, el Tribunal Constitucional (TC) reafirmó la constitucionalidad del uso obligatorio de medios digitales en los tribunales que operaban en el Edificio de las Cortes de Apelación del Distrito Nacional.

Mediante la Sentencia TC/0180/26, el alto tribunal rechazó un recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Resolución núm. 21-2025 de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la cual dispuso la virtualidad obligatoria tras el traslado de dichas sedes por riesgos estructurales en su edificación original.

Respaldo legal a la virtualidad

El TC argumentó que la decisión de la SCJ no fue arbitraria, sino que se fundamentó en las facultades extraordinarias otorgadas por la Ley 339-22, que regula el uso de medios digitales en los procesos judiciales. El fallo subraya que, ante situaciones de fuerza mayor como el peligro de colapso del Edificio de las Cortes, el Pleno de la SCJ está legalmente habilitado para imponer la modalidad digital y así garantizar la continuidad de la administración de justicia.

Puntos clave del fallo:

Competencia Exclusiva: El TC clarificó que la potestad reglamentaria en materia jurisdiccional recae únicamente en el Pleno de la SCJ, descartando cualquier vicio de competencia.

Carácter Provisional: La medida no es permanente. El tribunal valoró que la resolución establece una revisión cada seis meses para evaluar si persisten las condiciones que obligaron al uso de la virtualidad.

Garantía de Acceso: La transición digital busca proteger tanto a los usuarios como a los servidores judiciales sin interrumpir el acceso a la justicia.

Origen del conflicto

El recurso había sido sometido por un grupo de abogados que cuestionaban la obligatoriedad de los procesos virtuales. No obstante, el TC concluyó que el traslado de los tribunales a la sede de la Jurisdicción Inmobiliaria y la implementación de canales digitales son respuestas proporcionales a una crisis de infraestructura física.

Con este dictamen, se asienta un precedente jurídico que consolida la Ley 339-22 y fortalece la ruta hacia una justicia más ágil y resiliente frente a contingencias físicas.

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